El monotributista deberá abonar por cada empleado, aportes, contribuciones y cuotas establecidos en el Régimen General de Seguridad Social.
Para tener en cuenta:
- Gastos anuales: si superan el 80% de los ingresos (en venta de productos) o 40% (en prestación de servicios) la persona será excluida del monotributo.
- Espacio físico, energía eléctrica y alquiler anual no deben superar los límites establecidos.
Los monotributistas que sean empleadores, deberán:
- Solicitar el alta como empleador mediante el portal de Monotributo, seleccionando la opción Empleador/voy a tener empleador o a través de la web de AFIP ingresando al Sistema Registral con clave fiscal.
Ingresar alta/baja de los empleados que incorpore/desafecte: a través de la web de AFIP por el Sistema Registral; en la dependencia presentando una declaración jurada o por teléfono Dudas? Consultas?
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