A partir del 1° de julio de 2022, comenzó a regir la Ley de Alivio Fiscal para Monotributistas y autónomos, la cual tiene como finalidad sostener la inclusión económica de aproximadamente 4.5 millones de contribuyentes.

¿En qué consiste la nueva ley?

  • Ampliación de montos de facturación máxima por categoría del Monotributo; lo cual permite que los trabajadores no tengan que realizar una recategorización y aumentar los valores de sus obligaciones.
  • Exención de componente impositivo para Monotributistas categoría A y B. Siempre y cuando no cuenten con: jubilación/pensión/retiros, trabajo en relación de dependencia, prestaciones e inversiones financieras, prestación de bienes muebles/inmuebles, dirección administración o conducción de sociedades.
  • Incremento de deducciones de Impuesto a las Ganancias para responsables Inscriptos o Autónomos.
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Nuevos topes de facturación: Información actualizada a julio 2022

  • Categoría A: ingreso bruto anual hasta $ 748.382,07
  • Categoría B: ingreso bruto anual hasta $ 1.112.459,83
  • Categoría C: ingreso bruto anual hasta $ 1.557.443,75
  • Categoría D: ingreso bruto anual hasta $ 1.934.273,04
  • Categoría E: ingreso bruto anual hasta $ 2.277.684,56
  • Categoría F: ingreso bruto anual hasta $ 2.847.105,70
  • Categoría G: ingreso bruto anual hasta $ 3.416.526,83
  • Categoría H: ingreso bruto anual hasta $ 4.229.985,60
  • Categoría I: ingreso bruto anual hasta $ 4.734.330,03
  • Categoría J: ingreso bruto anual hasta $ 5.425.770,00
  • Categoría K: ingreso bruto anual hasta $ 6.019.594,89

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